TERMINO DEL CONTRATO.
El contrato de trabajo de la nana puede terminar por distintas causas. Estas se pueden clasificar en tres categorías:
- Término del contrato por causas “naturales”. Ejemplos: cumplimiento plazo del contrato, muerte del trabajador, etc.
- Término del contrato por malas conductas del trabajador: Ejemplos: falta de probidad, faltas reiteradas, etc.
- Término del contrato por desahucio del empleador.
- Término del contrato por enfermedad de la trabajadora.
Trataremos aquí los dos últimos tipos de causales por ser más específicos. Respecto de los dos primeros tipos de causales, remito a lo siguiente:
- Termino del contrato por desahucio del empleador.
- Término del contrato por enfermedad de la trabajadora.
- Suspensión de la relación laboral por enfermedad de la Nana.
Término del contrato de trabajo por desahucio del empleador.
La dueña de casa podrá poner término al contrato de trabajo mediante un aviso escrito a la trabajadora con 30 días de anticipación. Es decir, este contrato puede tener término por la sola voluntad del empleador, sin expresión de causa. Si no se da el aviso con 30 días de anticipación, se deberá pagar una indemnización por falta de aviso previo, que se explica más adelante.
Término del contrato por enfermedad de la trabajadora.
Si la trabajadora contrae una enfermedad contagiosa, y está acreditada clínicamente, es causal de término del contrato de trabajo.
Suspensión de la relación laboral por enfermedad de la nana.
En caso de enfermedad de la trabajadora, se debe dar aviso al organismo de seguridad en que ella esté inscrita, y se puede suspender la relación laboral por ciertos períodos, sin derecho a remuneración:
- Si la trabajadora tiene un año o más de antigüedad en el trabajo, se suspende el contrato y debe conservarse el puesto por 30 días.
- Entre 6 meses y un año, se conserva el trabajo por 15 días.
Si tiene menos de 6 meses, se conserva el trabajo por 8 días.
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