INDEMNIZACIONES Y PAGOS POR DESPIDO.
Las indemnizaciones que origina el término del contrato de trabajo de las nanas, tiene algunas particularidades.
Vacaciones proporcionales.
En caso de despido, se debe pagar a la trabajadora, los días de vacaciones que aún no se ha tomado, normalmente correspondientes al último período. Por eso es tan importante tener siempre los Comprobantes de Feriado firmados por la trabajadora, para poder comprobar que las vacaciones anteriores están tomadas.
Indemnización por falta de aviso previo.
La ley dice que en caso de que se quiera poner término al contrato de un trabajador, se debe avisar con 30 días de anticipación. Pero, si el empleador no considera conveniente dar este aviso, deberá cancelar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de remuneración.
Indemnización a todo evento por término de contrato.
Estas trabajadoras tienen derecho a una indemnización a todo evento por término de contrato. Es decir, cualquiera sea la causal de término tienen este derecho. La indemnización se financia con el aporte del 4.11% de la remuneración que debe hacer mensualmente el empleador en la AFP en que está inscrita la trabajadora. La trabajadora podrá hacer uso de estos fondos acreditando que ha dejado de prestar servicios. Para ello debe presentar su finiquito.
|