IMPOSICIONES DE LA NANA
La remuneración de esta trabajadora da origen a los siguientes pagos por concepto de imposiciones.
- Fondo de Pensiones.
- Comisión de la AFP
- Aporte empleador para indemnización.
- Pago de las imposicones.
Fondo de Pensiones.
En la AFP (Administradora de Fondos Provisionales) correspondiente debe enterarse el 10% de la remuneración. Este monto financia la futura jubilación de la trabajadora y se descuenta de la remuneración.
Comisión de la AFP
En la misma AFP debe cancelarse una comisión que cobran estas instituciones. Es un monto que actualmente fluctúa en torno al 2.5%. Cotización de cargo de la trabajadora.
Salud
En la institución de salud que corresponda que puede ser una Isapre o el INP (Instituto de Normalización provisional debe enterarse el 7 % de la remuneración. Cotización de cargo de la trabajadora.
Aporte empleador para Indemnización.
El empleador debe enterar mensualmente en la AFP en que esté inscrita la trabajadora un 4.11% de la remuneración. Con este aporte se va formando un fondo que la trabajadora podrá retirar cuando termine el contrato de trabajo.
Pago de Imposiciones
Como se sabe, las imposiciones deben cancelarse en las instituciones provisionales respectivas dentro de los 10 días del mes siguiente a aquel en que se pagó la remuneración.
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